Declaratoria de Ciudad para las comunidades de Cahuita y Puerto Viejo del cantón de Talamanca, provincia de Limón | |
Nº 8464 LA ASAMBLEA LEGISLATIVADE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: DECLARATORIA DE CIUDAD PARA LAS COMUNIDADESDE CAHUITA Y PUERTO VIEJO DEL CANTÓNDE TALAMANCA, PROVINCIA DE LIMÓN Artículo 1º-Decláranse ciudad las comunidades de Cahuita y Puerto Viejo del cantón de Talamanca, de la provincia de Limón. Ficha articulo Artículo 2º-La zona pública referida en la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, no podrá ser objeto de ocupación bajo ningún título ni en ningún caso; nadie podrá alegar derecho alguno sobre ella y estará dedicada al uso público y, en especial, al libre tránsito de las personas. La municipalidad respectiva deberá dictar y hacer cumplir las disposiciones necesarias para garantizar el tránsito libre y seguro de las personas, así como el uso público de dicha zona.Se exceptúa de la disposición anterior, a las personas que demuestren ser legalmente posesoras por más de cuarenta (40) años. |